El derecho a los seguros sociales es el de recibir la ayuda material que elEstado ofrece a las personas inhabilitadas para el trabajo a causa de la vejez, enfermedad u obstrucción funcional y a los ancianos y niños desamparados.
Los jubilados tienen el derecho a recibir del Estado la pensión o el subsidio para mantener su vida. La RPDC atiende con preferencia a los jubilados y aumenta de manera sistemática las inversiones en este sector para mejorar sus medios materiales y técnicos.
Los órganos estatales correspondientes tienen registrados sin excepción a todos los jubilados, les pagan periódicamente la pensión o subsidio, averiguan regularmente las condiciones de su vida y toman las medidas necesarias. En varias ocasiones organizan las labores para ayudarlos y atenderlos.
En particular, el Estado establece bien y mejora incesantemente el sistema de operación de los asilos de ancianos, los de minusválidos desamparados, y otros órganos de seguro social para satisfacer las condiciones de vida de los jubilados.
Gracias a tales medidas del Estado, los asilados tienen suficientes condiciones y ambiente para vivir sin ninguna incomodidad.
Se les suministran regularmente los artículos de primera necesidad en el ambiente acondicionado con modernas instalaciones de servicios públicos como la sala de estudio, el dormitorio, el comedor, la clínica, la barbería y elbaño. Los asilados se someten regularmente al chequeo médico, y en el caso de necesidad de tratamiento especializado, reciben a tiempo la asistencia médica
en el hospital especializado.
El Estado se responsabiliza enteramente de asegurar la mano de obra, fondos, equipos y materiales necesarios para la labor de los seguros sociales.